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Su queja y/o sugerencia
recibida será procesada y se brindará en un lapso no mayor de 3 días
hábiles, una respuesta primaria sobre la procedencia de los aspectos
formales vinculados a la misma.
Posteriormente, se
procesará la misma y se brindará una respuesta adecuada a la queja o
sugerencia realizada, solicitándo oportunamente conformidad con la/s
acción/es realizada/s, advirtiéndose que las mismas no tendrán en
ningún caso la naturaleza de recurso administrativo.
Su interposición no
interrumpirá ni suspenderá plazos establecidos para la realización de
los servicios propios del Área Defensa del Consumidor.
Las quejas y sugerencias
no condicionan, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones,
recursos o derechos que, de conformidad con la normatividad reguladora
de cada procedimiento, se puedan ejercitar.
Para el caso que se
formule denuncia que involucre directamente al personal vinculado al
servicio, la misma deberá efectuarse por escrito ante las dependencias
de la Dirección General de Comercio, dando cumplimiento a los
requisitos establecidos por el Decreto 500/991, y será sustanciada de
conformidad con las normas que regulan el procedimiento administrativo.
La información
proporcionada sólo podrá ser utilizada para los fines previstos, no
pudiendo ser suministrada a terceros no vinculados a la queja o
sugerencia realizada, garantizándose a su vez la confidencialidad de
los datos suministrados.
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